Augusto Trujillo Muñoz
Colombia vivió, en 1991, un proceso esplendente que hizo posible la reconciliación, el entendimiento y el diálogo, rotos por la violencia física y verbal que, hoy, la amenazan de nuevo. Culminó el 4 de julio de ese año, cuando la Asamblea Constituyente clausuró sus funciones. En buena hora la Corte Constitucional conmemoró esa fecha con un acto de contundente afirmación institucional. La nueva Carta Política se construyó sobre principios-valores compartidos y se convirtió en símbolo de unión de los colombianos, por encima de sus diferencias. Destacarlo es fundamental para una sociedad sujeta a grandes desafíos internos y a la presión de poderosos intereses globales contradictorios.
Con inmenso sentido de futuro, el Constituyente incorporó al espíritu de la Carta del 91 un equilibrio entre Estado social de derecho y economía social de mercado que resulta clave en el mundo actual. Probablemente ese fue el logro más valioso de todos y da al texto original un valor inestimable. Por desgracia, su tenor ha sufrido múltiples reformas. El nuevo país que se anunció en el 91 no acabó de nacer porque el viejo se resistió a morir y encontró el músculo suficiente para fortalecerse. Entre más de 60 modificaciones al texto superior, por lo menos la mitad son contrarreformas. Todas ellas fueron adoptadas a iniciativa de gobiernos, partidos, congresos y cortes que, por acción o, por omisión, durante 34 años contribuyeron a desvirtuar el espíritu de la Carta.
Ya no hay equilibrio entre Estado social de derecho y economía social de mercado, cuyos orígenes en la social democracia europea y en la doctrina social cristiana resultan básicos en medio de este desaforado crecimiento de las desigualdades. Semejante ruptura fue un golpe letal para el texto superior. Tampoco lo hay entre el tenor inicial del artículo 58 y su reforma contenida en el Acto Legislativo (A.L.) 1 de 1999; ni entre la democracia abierta y participante del original artículo 107 y la partidocracia excluyente y cerrada de los Actos Legislativos 1 de 2003 y 1 de 2009 que lo modificaron; ni entre el artículo original 334 y su contrarreforma del A.L. 3 de 2011; ni entre el artículo 268 y el A.L. 4 de 2019; ni entre el texto original del artículo 241-1 y la sentencia C-551 de 2003 que se arrogó la decisión de erigirse en expresión constituyente desde la jurisprudencia. Y falta aún relacionar numerosas leyes de carácter regresivo que desarrollaron normas renovadoras de la Carta.
El país debe defender su Constitución sin reservas, pero sin cerrar sus ojos frente al proceso contrarreformatorio que sufre. Como lo anota el exmagistrado José Gregorio Hernández, resulta extraño que los 34 años de la Constitución se celebren en medio de un esquema fáctico opuesto al consensuado y tolerante que la vio nacer. Es ilusorio pensar en la recuperación del texto original de la Carta y es lastimoso ver como abundan las apuestas por el statu quo. El paso de los días nos muestra que la Constitución del 91 se viene pareciendo cada vez más a la del año 86. ¡Vaya paradoja!